¿Qué es el IBI?
Las siglas IBI significan “Impuesto de Bienes Inmuebles“. Lo tienen que pagar en España todos los años quienes son propietarios de una casa, un apartamento o cualquier otro tipo de inmueble que no sea su residencia principal.
¿Quién paga el IBI?
Según la Ley 29/1994, de 24 de noviembre de arrendamientos urbanos, el arrendatario está obligado al pago del IBI si el contrato de arrendamiento se firmó antes del 9 de mayo de 1985, ya que está sujeto a la antigua renta. Sin embargo, el arrendatario podría estar exento del pago si el contrato estipula que el arrendador debe pagar el impuesto.
Para los contratos firmados después del 9 de mayo de 1985, se aplica lo contrario: el arrendador es responsable del pago, a menos que ambas partes hayan acordado lo contrario en el contrato.
Excepciones
Existen inmuebles cuyos propietarios están exentos del pago de este impuesto. Esto se aplica a los edificios pertenecientes a la Iglesia Católica y a ciertas asociaciones, como “Cruz Roja”.
Lo mismo se aplica a los edificios en propiedad pública (edificios de propiedad del Estado o de la comunidad autónoma) y los edificios destinados a fines sociales.